Normas Emitidas

pdf Ordenanza Municipal Nº004-2024/MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2024 Y LA EXONERACIÓN DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS REGULADOS EN EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS.

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la celebración de matrimonio civil masivo o comunitario del año 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR a los contribuyentes del matrimonio civil masivo o comunitario del año 2024, en el requisito establecido en el texto único de procedimientos administrativos (TUPA) APROBADA CON ORDENANZA MUNICIPAL N° 024-2024-mdj de fecha 11 de diciembre del 2017, consistente en el pago por derecho de ceremonia, debiendo cumplir con el demás requisito y condiciones establecidas.

pdf Ordenanza Municipal Nº003-2024/MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS

ARTÍCULO PRIMERO: DEFINICIÓN

Las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Jesús, constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos.

De conformidad con lo que establece el artículo 119-A Audiencias Públicas Municipales y del artículo 20° numeral 36, referida a las atribuciones del Alcalde de la Ley N° 31433, Ley que modifica a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Distrital de Jesús convocará como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal.

ARTÍCULO SEGUNDO: FINALIDAD

Fortalecer el desarrollo de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Jesús a través de lineamientos que promuevan la transparencia y la participación democrática de la sociedad civil organizada de Jesús.

ARTÍCULO TERCERO: OBJETO

El presente Reglamento tiene por objeto normar y regular los procedimientos de participación de los participantes y los procedimientos para la realización de la 1ra. y 2da. Audiencias públicas de la Municipalidad Distrital de Jesús, estableciendo el marco general para su desenvolvimiento.

pdf Ordenanza Municipal Nº002-2024-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS

ARTÍCULO PRIMERO:

APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS, en cumplimiento de la establecido en la Ley N° 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO:

ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la División de Seguridad Ciudadana, así como dependencias competentes de la Municipalidad Distrital de Jesús el estricto cumplimiento de la Presente Ordenanza.

pdf Ordenanza Municipal Nº001-2024-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS

ARTÍCULO PRIMERO:

APROBAR el reglamento del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Jesús, el cual estará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO SEGUNDO:

AUTORIZAR al señor Alcalde a dictar las medias complementarias al reglamento aprobado en el articulo anterior; que sean necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo.

ARTÍCULO TERCERO:

ENCARGAR a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y las demás unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

pdf Ordenanza Municipal Nº022-2023-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE LA QUEMA DE MUÑECOS, LLANTAS Y LA MANIPULACIÓN, FABRICACIÓN, ALMACENAJE Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS DURANTE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS Y DE AÑO NUEVO, EN EL DISTRITO DE JESÚS.

ARTÍCULO PRIMERO:

Prohibir la quema de muñecos, aceites, llantas y otros elementos contaminantes en la vía pública o interiores, (techos, terrazas, patios, jardines o similares), que atenten contra la salud y el medio ambiente; durante las fiestas navideñas y de año nuevo.

ARTÍCULO SEGUNDO:

Prohibir el uso o manipulación de productos pirotécnicos de uso recreativo o industrial en el Distrito de Jesús, adecuándose toda persona natural o jurídica a la presente ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO:

Prohibir toda actividad o autorización municipal relativa a la fabricación y almacenaje de productos pirotécnicos en el Distrito, bajo responsabilidad solidaria del propietario y arrendatario y, en su caso el funcionario público que autorice cualquier solicitud relacionada con estas actividades, asimismo, se encuentra prohibida la comercialización o venta directa al público de productos pirotécnicos; así como, su venta a través del comercio ambulatorio.