ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE LA QUEMA DE MUÑECOS, LLANTAS Y LA MANIPULACIÓN, FABRICACIÓN, ALMACENAJE Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS DURANTE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS Y DE AÑO NUEVO, EN EL DISTRITO DE JESÚS.
ARTÍCULO PRIMERO:
Prohibir la quema de muñecos, aceites, llantas y otros elementos contaminantes en la vía pública o interiores, (techos, terrazas, patios, jardines o similares), que atenten contra la salud y el medio ambiente; durante las fiestas navideñas y de año nuevo.
ARTÍCULO SEGUNDO:
Prohibir el uso o manipulación de productos pirotécnicos de uso recreativo o industrial en el Distrito de Jesús, adecuándose toda persona natural o jurídica a la presente ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO:
Prohibir toda actividad o autorización municipal relativa a la fabricación y almacenaje de productos pirotécnicos en el Distrito, bajo responsabilidad solidaria del propietario y arrendatario y, en su caso el funcionario público que autorice cualquier solicitud relacionada con estas actividades, asimismo, se encuentra prohibida la comercialización o venta directa al público de productos pirotécnicos; así como, su venta a través del comercio ambulatorio.