Normas Emitidas

pdf Ordenanza Municipal Nº001-2024-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS

ARTÍCULO PRIMERO:

APROBAR el reglamento del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Jesús, el cual estará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO SEGUNDO:

AUTORIZAR al señor Alcalde a dictar las medias complementarias al reglamento aprobado en el articulo anterior; que sean necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo.

ARTÍCULO TERCERO:

ENCARGAR a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y las demás unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

pdf Ordenanza Municipal Nº022-2023-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE LA QUEMA DE MUÑECOS, LLANTAS Y LA MANIPULACIÓN, FABRICACIÓN, ALMACENAJE Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS DURANTE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS Y DE AÑO NUEVO, EN EL DISTRITO DE JESÚS.

ARTÍCULO PRIMERO:

Prohibir la quema de muñecos, aceites, llantas y otros elementos contaminantes en la vía pública o interiores, (techos, terrazas, patios, jardines o similares), que atenten contra la salud y el medio ambiente; durante las fiestas navideñas y de año nuevo.

ARTÍCULO SEGUNDO:

Prohibir el uso o manipulación de productos pirotécnicos de uso recreativo o industrial en el Distrito de Jesús, adecuándose toda persona natural o jurídica a la presente ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO:

Prohibir toda actividad o autorización municipal relativa a la fabricación y almacenaje de productos pirotécnicos en el Distrito, bajo responsabilidad solidaria del propietario y arrendatario y, en su caso el funcionario público que autorice cualquier solicitud relacionada con estas actividades, asimismo, se encuentra prohibida la comercialización o venta directa al público de productos pirotécnicos; así como, su venta a través del comercio ambulatorio.

pdf Ordenanza Municipal Nº021-2023-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA E INCORPORA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS PARA GESTIONAR SOBRE TEMAS DE TRANSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO EN EL DISTRITO DE JESÚS

ARTÍCULO PRIMERO:

MODIFICAR E INCORPORAR la Ordenanza Municipal N° 024-2017-MDJ, de fecha 11 de diciembre del 2017, del texto único de procedimientos administrativos de la municipalidad distrital de Jesús.

ARTÍCULO SEGUNDO:

Autorizar a la subgerencia de promoción empresarial y turismo, normalizar, gestionar y fiscalizar el servicio de transporte especial de mototaxi, de acuerdo a lo tipificado en el Decreto Supremo N° 055-2010-MTC (Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados).

pdf Ordenanza Municipal Nº020-2023-MDJ

ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE JESÚS

ARTÍCULO PRIMERO: OBJETO.

La presente ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo al cual deberá ceñirse las personas jurídicas que prestan el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados, dentro de la jurisdicción del Distrito de Jesús; asimismo, establecer la regulación de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de los títulos habilitantes y establecer el régimen sancionador aplicable ante los incumplimientos de la presente ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO: FINALIDAD.

La presente Ordenanza tiene como finalidad garantizar las condiciones de idoneidad en la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Jesús, fomentando el uso racional de la infraestructura de transporte, la movilidad sostenible, la mejora del servicio y de la calidad de vida de los usuarios; así como el brindar las condiciones de seguridad física y sanitaria de los ciudadanos, durante la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores.

ARTÍCULO TERCERO: ALCANCE.

la presente Ordenanza tiene alcance en el Distrito de Jesús; en consecuencia, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Jesús; así como para las personas Jurídicas, propietarios y/o conductores que prestan el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados.

pdf Ordenanza Municipal N°019-2023-MDJ

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES, Y SEGURIDAD CIUDADANA EN LA JURISDICCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024

PRIMERA:

La subgerencia de Administración tributaria de la Municipalidad Distrital de Jesús es la entidad encargada de determinar, recaudar y fiscalizar los Arbitrios Municipales a que hace referencia la presente norma.

SEGUNDA:

Los Contribuyentes cuyos predios sean de uso Casa Habitación pueden presentar una declaración que precise el numero real de habitantes de su(s) predio(s). a efectos de la mejor determinación de los arbitrios que les correspondan. Asimismo, los contribuyentes que no hubieran declarado el área del frontis de su(s) Predio(s), también podrán presentar una declaración jurada para la mejor determinación de arbitrios.

TERCERA:

Facúltese a Subgerente de Administración tributaria para que mediante Resolución de subgerencia prorrogue las fechas de vencimiento a que se refiere el articulo sexto de la presente ordenanza.

CUARTA:

En el mes de octubre del ejercicio 2024, las dependencias de la Municipalidad Distrital de Jesús encargadas de la coordinación, gestión y presentación de los servicios de barrido de calles, Recolección de Residuos Sólidos, Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, deben entregar a la Subgerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Jesús, bajo responsabilidad y sin excepción alguna, lo siguiente:

  1. Los estudios de caracterización de los servicios que brindan.
  2. Tratándose de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de residuos Sólidos, y seguridad Ciudadana, los planos actualizados de las rutas por donde se presentan los servicios de forma efectiva.
  3. Tratándose del arbitrio de Parques y Jardines, el costeo anual real del servicio por cada tipo de área verde.
  4. Tratándose de arbitrios de Seguridad Ciudadana: 1) El documento que contenga la restructuración de las zonas de peligrosidad donde se presta el servicio en forma efectiva; 2) el reporte o control de las incidencias por cada de peligrosidad, y según el tipo de uso del predio conforme al catalogo que brinde la Subgerencia de Administración tributaria de la Municipalidad Distrital de Jesús.
  5. Debe precisarse que el reporte o control de las incidencias debe diferenciar las intervenciones vinculadas estrictamente a predios con cualquiera de los usos que brinde la Subgerencia de Administración tributaria de la Municipalidad Distrital de Jesús, de cualquier otra intervención en la vía pública que no se vincule estrictamente a un predio.
  6. Otros que la Subgerencia de Administración tributaria de la Municipalidad Distrital de Jesús lo crea por conveniente.