Resoluciones de Gerencia Municipal

Resolución de Gerencia Municipal N°013-2024-MDJ/GM

ARTÍCULO PRIMERO:

AUTORIZAR el ENCARGO INTERNO DE DINERO a nombre del SR. DONAR JESUS ALVAREZ CAIPO – SUB GERENTE DE TÉCNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN por el monto de S/. 2,345.00 (DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), para el otorgamiento de encargo interno para la contratación del servicio de 15 correos corporativos, que tendrá una vigencia de 01 año

 ARTÍCULO SEGUNDO:

ESTABLECER que el SR. DONAR JESUS ALVAREZ CAIPO – SUB GERENTE DE TÉCNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN, responsable del encargo interno de dinero autorizado en merito del articulo precedente, deberá efectuar la rendición de cuentas debidamente sustentadas con la documentación correspondiente u autorizado por el alcalde distrital, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo conforme a lo establecido en el numeral 40.5 del Art. 40 de la Directiva de Tesorería N°001-2007-EF/77.15.

ARTÍCULO TERCERO:

ENCARGAR a la gerencia de planeamiento y presupuesto, sub gerencia de contabilidad y sub gerencia de tesorería el cumplimiento de la presente resolución.

Resolución de Gerencia Municipal N°012-2024-MDJ/GM

ARTÍCULO PRIMERO:

AUTORIZAR la expedición de AUTORIZACIÓN TEMPORAL DE ESPECTÁCULO NO DEPORTIVO de vigencia DETERMINADA con código N°0003EPND-2024-MDJ/GM/SGAT nombre del comité del carnaval 2024 representado su presidente el Ing. Smith Ñontol Chichipe – Municipalidad Distrital de Jesús identificado con RUC N° 20171779660, en calidad de responsable para el desarrollo del evento no deportivo denominado Fiesta del Carnaval del distrito de Jesús, elección y coronación de la reina del carnaval del distrito de Jesús 2024. A llevarse a cabo según cronograma en la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO:

NO SE AUTORIZA Y ESTÁ PROHIBIDO la modificación o cambio de giro autorizado, así como hacer uso de la vía pública.

ARTÍCULO TERCERO:

El otorgamiento de la siguiente resolución, no exime de las acciones de fiscalización que pueda disponer la sub gerencia de Administración Tributaria de la MDJ, dicho establecimiento solo debe funcionar para los fines establecidos solicitados por la parte interesada, así como la correspondiente clausura, sin perjuicio de las sanciones de acuerdo a la Ley y aplicación de la Ordenanza N°008-2017-MDJ de fecha 27 de marzo del 2017.

ARTÍCULO CUARTO:

Notifíquese al administrado con la presente resolución para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO:

ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administración tributaria y demás Unidades Orgánicas de la MDJ, el cumplimiento de la resolución, para las acciones de su competencia.

Resolución de Gerencia Municipal N°011-2024-MDJ/GM

ARTÍCULO PRIMERO:

Autorizar la expedición de AUTORIZACIÓN TEMPORAL DE ESPECTÁCULO DEPORTIVO de vigencia DETERMINADA con código N° 0001EPD-2024-MDJ/GM/SGAT nombre del Sr. Ronal Pando Alcántara Identificado con DNI: 26721321, en calidad de responsable para el desarrollo del evento deportivo.

ARTÍCULO SEGUNDO:

NO SE AUTORIZA Y ESTÁ PROHIBIDO la modificación o cambio de giro autorizado, así como hacer uso de la vio pública.

Resolución de Gerencia Municipal N°010-2024-MDJ/GM

ARTÍCULO PRIMERO:

Autorizar la expedición de AUTORIZACIÓN TEMPORAL DE ESPECTÁCULO NO DEPORTIVO de vigencia DETERMINADA con código N° 0002EPND-2024-MDJ/GM/SGAT nombre de la Sra. Morales Noriega Carmen Evelyn Identificada con DNI: 42451085, en calidad de responsable para el desarrollo del evento agropecuario.

ARTÍCULO SEGUNDO:

NO SE AUTORIZA Y ESTÁ PROHIBIDO la modificación o cambio de giro autorizado, así como hacer uso de la vio pública.

Resolución de Gerencia Municipal N°009-2024-MDJ/GM

ARTÍCULO PRIMERO:

AUTORIZAR el ENCARGO INTERNO DE DINERO a nombre del SRA. CAROLINA DE JESÚS IPARRAGUIRRE GUEVARA por el monto de S/. 11,575.00 (ONCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), para la ejecución del plan de actividades “fomentando el desarrollo agropecuario en el Distrito de Jesús”.

 ARTÍCULO SEGUNDO:

ESTABLECER que el SRA. CAROLINA DE JESÚS IPARRAGUIRRE GUEVARA responsable del encargo interno de dinero autorizado en merito del articulo precedente, deberá efectuar la rendición de cuentas debidamente sustentadas con la documentación correspondiente u autorizado por el alcalde distrital, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo conforme a lo establecido en el numeral 40.5 del Art. 40 de la Directiva de Tesorería N°001-2007-EF/77.15.

ARTÍCULO TERCERO:

ENCARGAR a la gerencia de planeamiento y presupuesto, sub gerencia de contabilidad y sub gerencia de tesorería el cumplimiento de la presente resolución.